PREGUNTAS FRECUENTES Voto en el Exterior
- redarmpex
- 15 feb
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Actualizado: 13 mar

Elecciones Generales – 12 de abril de 2026
Si resides fuera del Perú y participarás en las Elecciones Generales del 12 de abril de 2026, aquí encontrarás respuestas claras y actualizadas a las preguntas más frecuentes sobre el proceso de votación en el exterior.
Revisa esta información antes de acudir a tu local de votación y asegúrate de cumplir con los requisitos establecidos por las autoridades electorales.
1. ¿Cuándo y en qué horario se realizarán las elecciones?
Las Elecciones Generales se realizarán el domingo 12 de abril de 2026, desde las 7:00 a. m. hasta las 5:00 p. m. (Hora de Perú), según la hora local de la ciudad donde se instale tu mesa de votación.
2. ¿Quiénes pueden votar?
Pueden votar los ciudadanos peruanos mayores de 18 años inscritos en el padrón electoral, incluidos aquellos que cumplen 18 años hasta el mismo día de la elección (12 de abril).
3. ¿El voto es obligatorio?
SÍ. El voto es obligatorio 100% en Perú, pero para los residentes en el exterior NO pero constituye un deber ciudadano.
4. ¿Puedo votar en el exterior si vivo fuera del Perú pero no figuro en el padrón electoral de mi consulado?
NO. Solo pueden votar en el exterior los ciudadanos que tienen registrada en su DNI una dirección fuera del Perú y que figuran en el padrón electoral correspondiente al extranjero.
5. Si estoy inscrito en el consulado, ¿por qué aparezco en el padrón electoral del Perú?
Porque el padrón electoral se elabora de acuerdo a la información registrada en el DNI, no con el registro consular. Si tu DNI mantiene dirección en el Perú al cierre del padrón electoral (14 de octubre de 2025), seguirás figurando en el padrón nacional dentro del territorio peruano.
6. ¿Puedo votar con cualquier tipo de DNI (azul o electrónico)?
SÍ. Puedes votar con DNI azul o DNI electrónico. Lo importante es figurar en el padrón electoral correspondiente y presentar tu documento de identidad al momento de votar en el país que resides.
7. ¿Puedo votar con el DNI vencido?
SI, El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) ha emitido la Resolución 000030-2026/JNAC/RENIEC que prorroga excepcionalmente hasta el 12 de abril de 2026 la vigencia del Documento Nacional de Identidad (DNI) que se encuentre vencido o esté por vencer, con el fin de que la ciudadanía pueda ejercer su derecho al voto en las próximas Elecciones Generales.
8. ¿Habrá mesas de votación de “tránsito” en el exterior?
NO. No se instalarán mesas de tránsito en el exterior. Cada elector debe votar únicamente en el local y mesa de votación, en el país que residas y que le corresponde según el padrón electoral.
9. ¿Puedo votar con pasaporte o con un documento de identidad extranjero?
NO. El DNI vigente es el único documento válido para ejercer el derecho al voto.
10. Si soy miembro de mesa, ¿recibiré una compensación económica?
SÍ. Los miembros de mesa recibirán una compensación económica aprobada por las autoridades electorales y el monto establecido es de S/ 165.00 (ciento sesenta y cinco soles). La modalidad de pago en el exterior será definida por cada Oficina Consular.
11. ¿Puedo cambiar mi local o país de votación?
No. El padrón electoral se cerró el 14 de octubre de 2025, por lo que no es posible realizar cambios después de esa fecha.
12. ¿Qué debo hacer si no aparezco en el padrón electoral, pero cambié mi dirección en el DNI antes del 14 de octubre de 2025?
Debes comunicarte con tu consulado o con RENIEC, a la brevedad posible, para revisar tu situación. Esto puede ocurrir si el trámite fue observado o no se completó correctamente.
13. ¿Puedo votar si tengo multas electorales anteriores?
SÍ. Tener multas electorales pendientes no impide ejercer tu derecho al voto.
14. ¿Qué debo llevar el día de la votación?
Debes llevar tu DNI físico (azul o electrónico). Es el único documento requerido para votar.
15. ¿Dónde puedo consultar si soy miembro de mesa y cuál es mi local de votación?
Puedes verificar esta información en la página oficial de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) en el link: https://consultaelectoral.onpe.gob.pe/inicio
16. ¿Dónde puedo consultar mi local de votación?
Puedes consultar tu local de votación ingresando tu número de DNI en la página oficial de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) en el link: https://consultaelectoral.onpe.gob.pe/inicio allí también podrás verificar si has sido seleccionado como miembro de mesa.
17. ¿Qué debo hacer si no puedo acudir a votar el día de la elección?
Si no puedes acudir a votar, deberás justificar tu inasistencia o pagar la multa electoral correspondiente ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), según las disposiciones vigentes.
18. ¿Qué ocurre si llego a votar después de las 5:00 p. m.?
La votación concluye a las 5:00 p. m. (hora de Perú). Sin embargo, si te encuentras dentro del local de votación antes de esa hora, podrás ejercer tu derecho al voto.
19. ¿Qué sucede si mi mesa de votación no se instala a tiempo?
Si los miembros de mesa titulares o suplentes no se presentan, los electores presentes en la mesa podrán ser designados para asumir esas funciones, según lo establecido por las autoridades electorales del sitio.
20. ¿Puedo asistir acompañado al momento de votar?
Sí. Las personas con discapacidad, adultos mayores o electores que lo requieran pueden ingresar al módulo de votación acompañados de una persona de confianza.
21. ¿Qué debo hacer si pierdo mi DNI antes del día de la elección?
Debes solicitar un duplicado de tu DNI ante el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) lo antes posible para poder ejercer tu derecho al voto.
22. ¿Qué ocurre si soy miembro de mesa y no me presento?
Los ciudadanos que fueron designados miembros de mesa y no cumplen con su función, recibirán una multa electoral, conforme a lo establecido por la legislación electoral peruana.
23. ¿Qué instituciones organizan y supervisan las elecciones?
El sistema electoral peruano está conformado por tres instituciones:
Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), encargada de organizar el proceso electoral.
Jurado Nacional de Elecciones (JNE), encargado de fiscalizar y administrar justicia electoral.
Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), responsable de elaborar el padrón electoral.
24. ¿En estas elecciones, qué autoridades vamos a elegir?
En este proceso electoral recibirás una cédula con cinco columnas o bloques para elegir a las siguientes autoridades para el periodo 2026-2031:
Presidente y 2 vicepresidentes de la República.
Senadores (Distrito Nacional): 30 senadores elegidos por distrito electoral único.
Senador: 1 senador por el distrito electoral de peruanos residentes en el extranjero.
Diputados: 2 diputados que representan al distrito electoral de peruanos residentes en el extranjero.
Parlamento Andino: 5 representantes titulares y 10 suplentes ante este órgano deliberante de la Comunidad Andina.
Todos ellos correspondientes a las autoridades que se elijan en el proceso electoral, según las disposiciones vigentes para los ciudadanos residentes en el exterior.
25. ¿Dónde puedo obtener más información sobre el proceso electoral?
Puedes obtener información oficial a través de:
Las páginas web de las autoridades electorales.
Tu consulado peruano.
Los canales informativos oficiales son:
Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE)
Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y
Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC).
26. ¿Cómo puedo saber si soy miembro de mesa?
Puedes verificar si has sido designado miembro de mesa (titular o suplente) ingresando tu número de DNI en el link: https://consultaelectoral.onpe.gob.pe/inicio de la página de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE).
27. ¿A qué hora deben presentarse los miembros de mesa?
Los miembros de mesa titulares y suplentes, deberan presentarse en su local de votación antes de las 7:00 a. m., ya que son responsables de instalar la mesa de sufragio.
28. ¿Qué sucede si me equivoco al marcar la cédula de votación?
Si te equivocas al marcar tu voto, debes comunicarlo inmediatamente al presidente de mesa antes de depositar la cédula en el ánfora. La mesa evaluará el procedimiento correspondiente según las normas electorales.
29. ¿Cuántas veces debo marcar en la cédula de votación?
Debes marcar solo una opción dentro del recuadro del partido político o candidatura de tu preferencia, según las instrucciones que aparezcan en la cédula.
30. ¿Qué ocurre si dejo la cédula en blanco?
Si entregas la cédula sin marcar ninguna opción, el voto será considerado voto en blanco.
31. ¿Qué ocurre si marco más de una opción en la cédula?
Si marcas más de una opción, el voto será considerado voto nulo.
32. ¿Puedo tomar fotografías de mi voto?
No. Está prohibido tomar fotografías o grabar dentro de la cámara secreta, ya que el voto debe ser personal y secreto.
33. ¿Qué ocurre si vivo muy lejos del consulado donde debo votar?
Debes acudir al local de votación que te corresponde según el padrón electoral. Si no puedes asistir, posteriormente deberás justificar tu inasistencia o pagar la multa electoral ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
34. ¿Los adultos mayores están obligados a votar?
Los ciudadanos mayores de 70 años tienen voto facultativo, es decir, no están obligados a votar.
35. ¿Qué sucede después de cerrar la votación?
Después de las 5:00 p. m., la mesa de sufragio procede a:
Cerrar la votación.
Realizar el conteo de votos.
Elaborar el acta electoral, que luego será remitida a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE).
36. ¿Cómo presentar una solicitud de excusa o justificación al cargo de miembro de mesa en el exterior?
Si resides en el exterior y has sido seleccionado como miembro de mesa para las Elecciones Generales 2026, pero tienes algún impedimento contemplado por ley o padeces de alguna enfermedad que te impida cumplir con este deber, puedes solicitar una excusa o una justificación.
Al presentar una solicitud de excusa o de justificación, la ONPE evaluará su procedencia. En caso esta sea aceptada, quedarás exento de participar, evitando multas y figurar como “omiso” al cargo.
¿Cuál es la diferencia entre Excusa y Justificación?
Excusa: Se solicita cuando tienes una razón válida (causal) contemplada por la ley antes de la elección.
Justificación: Se solicita exclusivamente en casos de enfermedad.
A.- Solicitud de excusa al cargo de miembro de mesa
Puedes presentar una solicitud de excusa si te encuentras en alguna de las causales permitidas por ley. Comunícate a la brevedad con tu consulado donde te informaran el detalle de las causales permitidas y los documentos que debes adjuntar.
Plazo para presentar excusa: del 27 de febrero al 6 de marzo de 2026.
B.- Solicitud de justificación por inasistencia
Por motivos de salud debidamente acreditados, puedes presentar una solicitud de justificación. Comunícate a la brevedad con tu consulado donde te informaran el detalle de las causales permitidas y los documentos que debes adjuntar. donde encontrarás en qué casos procede la justificación y qué documentos debes adjuntar.
Plazo para presentar justificación: del 27 de febrero al 6 de abril de 2026.
¿Cómo presento mi solicitud?
El trámite es totalmente gratuito y puedes hacerlo de dos maneras:
Modalidad virtual
Descarga y completa el Formulario P2 – Solicitud de excusa o justificación (DESCARGAR).
Presenta una imagen digital legible del documento que sustenta tu causal.
Envía los documentos al correo electrónico del consulado.
Nota:
Las solicitudes enviadas hasta las 17:00 horas se consideran presentadas el mismo día. Si las envías después de esa hora, o en fin de semana/feriado, contarán como presentadas el siguiente día hábil
Modalidad presencial
Descarga y completa el Formulario P2 – Solicitud de excusa o justificación.
Presenta el documento original que sustenta la causal y entrega una copia.
Acércate a la oficina consular.
Dentro del horario de atención y entrega la documentación. Si el trámite lo realiza un tercero en tu representación, deberá adjuntar una carta poder simple debidamente firmada.




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